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Ley 4/1990, de 31 de mayo, de ORDENACIÓN del TERRITORIO de la COMUNIDAD AUTÓNOMA de EUSKADI y normativa que la desarrolla

 La ordenación del territorio se puede definir como aquella política que pretende gestionar aspectos del territorio que limitan o restrinjan el desarrollo y bienestar de la población que reside en dicho espacio.

Para llevar a cabo este cometido, se ha desarrollado una serie de normativa que es preciso conocer.

Legislación de aplicación en la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE).

A la hora de profundizar en esta área, es importante mencionar que, en el título I “De las competencias del País Vasco” del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE) (Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre), se indica, en el punto 31 del artículo 10, que entre sus competencias exclusivas está la siguiente:

Ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda.”

En cumplimiento de este precepto, el traspaso efectivo de esta competencia (la Ordenación del Territorio, del Litoral y Urbanismo) a la Comunidad Autónoma de Euskadi se produce el 5 de noviembre del 1980.

La Ley de Ordenación del Territorio en Euskadi.

Este precepto se regula por medio de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco. Fue aprobada el 31 de mayo del 1990, está vigente desde el 23 de julio de 1990 y se publicó en el BOE (Nº 51) del 29 de febrero del 2012 y en el número 131 del BOPV el 3 de julio del 1990.

La Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco (LOT) está organizada en 1 preámbulo, 31 artículos distribuidos en 4 títulos, 6 disposiciones adicionales, 4 disposiciones transitorias y 5 disposiciones finales.

Así mismo, la LOT incluye en el apartado II de la exposición de motivos qué se entiende por Ordenación del Territorio. En concreto, se indica que este término “integra el conjunto de actuaciones diseñables y realizables en orden a conseguir la más racional utilización del suelo y de sus recursos”. También hay que tener en cuenta los vínculos a establecer entre las entidades con actividades que puedan afectar al territorio y sus espacios.

¿Cuáles son los instrumentos de la Ley de Ordenación del Territorio aplicable en la Comunidad Autónoma de Euskadi?

El artículo 2 de la LOT señala cuáles son las herramientas por las que se realizará esta ordenación del territorio y que son:

  • Las Directrices de Ordenación Territorio.
  • Los Planes Territoriales Parciales.
  • Los Planes Territoriales Sectoriales. 



Normativa que desarrolla la Ley de Ordenación del Territorio de Euskadi

El Gobierno Vasco ha ido desarrollando una serie de decretos que regulan, gestionan y amplían determinados aspectos o indicaciones establecidas en la Ley 4/1990, de 31 de mayo. Los más relevantes se mencionan a continuación:

  • Regulación del procedimiento para aprobar las modificaciones no sustanciales de las directrices de Ordenación Territorial, Planes Territoriales Parciales y Planes Territoriales Sectoriales, Decreto 606/2003, de 9 de septiembre.
  • Establecimiento de funciones, composición y régimen de funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, Decreto 157/2008, de 9 de septiembre.
  •  Protección, gestión y ordenación del paisaje en la ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi, Decreto 90/2014, de 3 de junio.
  • Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, Decreto 28/1997, de 11 de febrero.

Además, existen una serie de Planes Territoriales Sectoriales y Planes Territoriales Parciales para determinadas áreas funcionales que pueden encontrarse en la página Web del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco.

 

Por todo lo cual, se puede decir que la Ordenación del Territorio está regulada y normalizada en la Comunidad Autónoma de Euskadi, estableciéndose además herramientas para su correcta gestión y protección. Por tanto, los profesionales del sector y habitantes de esta región no tenemos más que ir a esta normativa para conocer más sobre el tema. 

BIBLIOGRAFÍA:

  1. Legislación de Ordenación Territorial; área de Planificación Territorial y Agenda Urbana, departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transporte del Gobierno Vasco.
  2. Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco
  3. Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco.
  4. DECRETO 128/2019, de 30 de julio, por el que se aprueban definitivamente las Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

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